La norma regula el registro de profesionales sanitarios objetores de conciencia y la comisión de garantía para prestar la ayuda a morir

Mediante este decreto se da cumplimiento a las obligaciones que establece la Ley Orgánica 3/2021 de regulación de la eutanasia, de 24 de marzo, que regula el derecho que corresponde a toda persona que cumpla las condiciones legalmente exigidas a solicitar y recibir ayuda necesaria para morir, el procedimiento y las garantías que han de observarse.

El registro de profesionales sanitarios objetores de conciencia a realizar la prestación de ayuda a morir en el que se inscribirán las declaraciones de objeción de conciencia será único y estará adscrito al órgano directivo con competencias en materia de personal del SAS, que adoptará las medidas necesarias para asegurar la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos inscritos.

El objeto del registro será facilitar la necesaria información para que los centros y establecimientos sanitarios puedan garantizar una adecuada gestión de la prestación sanitaria de ayuda a morir, así como facilitar a la Administración del Estado, en los términos legalmente previsto, la información que permita elaborar el informe anual de evaluación acerca de la aplicación de la Ley Orgánica 3/2021.

La declaración de objeción de conciencia se ajustará al modelo que estará disponible en la sede electrónica de la Consejería competente en materia de salud y se presentará en el Registro electrónico único de la Junta de Andalucía. El profesional sanitario podrá revocar esta declaración en cualquier momento, también vía telemática.

Se comunica a toda la colegiación que el Pleno de la Junta Directiva, ha adoptado el Acuerdo de convocar con fecha 16 de marzo el Proceso Electoral para la celebración de elecciones a cargos que integran la JUNTA DIRECTIVA, y que tendrán lugar en el plazo máximo de dos meses desde su convocatoria.

Al día siguiente de convocado el proceso electoral comienza a ejercer de modo efectivo sus funciones la Junta Electoral, que elaborará el Calendario Electoral, fijando los respectivos plazos de cada uno de los trámites del procedimiento, y el día y horario de la votación, comunicándose éstos a través del Tablón de Anuncios de la Sede Colegial y a través de la Página Web.

Toda la información y documentación relativa a este proceso electoral, está a disposición de la colegiación -previa identificación- en el apartado Elecciones RICOMS 2023 de la Zona Personal en el siguiente enlace: ELECCIONES RICOMS 2023.